Código de Edificación
Sección 1
Ordenanza Nº 1879/96
Anexo 1
Normas de Presentación de
Planos Municipales
I. Generalidades
II. Tramites
III. Plano Municipal
IV. Inspección de Obra
V. Profesionales
VI. Plazos
I.
GENERALIDADES
SOLICITUD DE PERMISO: Se
requiere presentar permiso municipal para:
-
Construcciones nuevas
-
Ampliar, refaccionar, o transformar lo ya construido
-
Tala de arboles
-
Demoliciones
-
Realización de Cercas
-
Modificación de altimetría
Lo precedente debe considerarse
como enunciativo y no debe interpretarse como limitación de su aplicación.
La Dirección de Obras
Particulares deberá exigir que se solicite permiso de obra, colocación de vallas, bandejas, etc. en los
casos que por su envergadura y/o riesgos de los trabajos a su juicio sean necesarios.
Todo propietario, usuario,
profesional o empresa comprendida en
los alcances de la presente, conoce sus prescripciones, y queda obligado a
cumplirlos.
DERECHO DE INICIO Y GESTION:
Tendrá derecho de iniciar y gestionar un procedimiento administrativo de
permiso de obra o declaración de hecho consumado quien acredite derecho
legitimo (Titular/es) y su representante técnico acreditado (Profesional
habilitado por la Municipalidad.).
DOMICILIOS: En el acto
administrativo deberá constar domicilio, donde se practicaran las
notificaciones. Es responsabilidad de los interesados informar en tiempo y
forma los cambios de domicilio que se produzcan en el transcurso de un acto
administrativo.
SANCIONES: El incumplimiento
de las normas vigentes serán sancionadas con multas al propietario/s y
elevación de las actuaciones al colegio correspondiente del Profesional
responsable.
NORMAS VIGENTES: Se entiende
por normas vigentes todas las Ordenanzas y Decretos que estén en vigencia
dentro del Partido de Pinamar, como así también las leyes, ordenanzas y
Decretos Provinciales. Se incluye además el Código de la Ciudad de Buenos Aires
en aquellos aspectos que no exista ningún tipo de legislación que actúe como
norma reguladora.
OBRA: Comprende todo trabaja
parcial o total en la realización de construcciones en cualquiera de sus
etapas.
INGRESO: Para solicitar
permiso de obra, o declarar un hecho consumado, la documentación deberá
ingresar a través de la Dirección de Obras Particulares y en cumplimiento de la
presente reglamentación.
INICIO DE OBRA: El ingreso
de la documentación de obra, le permite al
Propietario a través de su Profesional y bajo su exclusiva
responsabilidad a comenzar con la ejecución de la obra, siendo responsables del cumplimiento de las normas vigentes.
AUTORIZADO: Todo permiso de
obra nueva parcial o total, contara con plano Autorizado de la Dirección por la
Dirección de Obras Particulares. La que certifica según los datos aportados,
que cumple con las normas vigentes.
REGISTRADO: En los casos en
que se presenten construcciones con excesos en los indicadores o no cumplan con
las reglamentaciones vigentes, se procederá a REGISTRAR el expediente, al solo efecto de la incorporación de los
hechos existentes a los registros municipales, y de la percepción de los
gravámenes correspondientes; sujeto a demolición.
Cuando en un expediente de
obra, la última tramitación de permiso haya merecido la resolución que dejó constancia de la registración de los hechos existentes,
y se solicite permiso de ampliación de
obra nueva o modificación de lo
existente, el mismo podrá otorgarse en la siguiente forma:
- a) Si se trata de una
ampliación o modificación de carácter reglamentario y trae como consecuencia el
saneamiento de las infracciones, será Autorizada la planimetría y otorgado el
permiso respectivo.
- b) Si la ampliación o
modificación no trae aparejado el saneamiento de las infracciones, sólo se
otorgará el permiso de obra nueva para
la ampliación, siempre que su ejecución resulte posible a la luz de las
normativas vigentes. El plano no perderá
el carácter de “registrado” y en
el mismo en observaciones, se dejara constancia de lo que se autoriza a
construir como obra nueva. Cuando se
trate de modificaciones a lo existente
sin ampliación de superficie cubierta o semi-cubierta, las mismas podrán ser autorizadas en la medida que produzcan
un mejoramiento de la situación de hechos existentes y no traigan aparejada la
comisión de nuevas infracciones. En este caso, el plano no perderá el carácter
de registrado, debiéndose consignar en observaciones los trabajos que se
autorizan.
APROBADO: Es de aplicación a
las obras realizada en un 90% y que responden a las normas vigentes.
PLANO MUNICIPAL: Es aquel que recibirá por parte de la
Dirección de Obras Particulares la condición de Autorizado, Registrado o
Aprobado, y que cumpla con la presente normativa.
INEXACTITUD DE DOCUMENTOS:
Los planos y/o documentos tergiversados, falseado, omisión de hechos, e
indicios de firmas dubitativa, se pondran en conocimiento del Colegio
Profesional respectivo.
OBRA SIN PERMISO: Toda
construcción parcial o total en ejecución, paralizada o terminada, que no este
debidamente Autorizado, Registrado o Aprobado en la documentación existente en
la Municipalidad es considerada como
Obra sin permiso.
DESGLOSE Y ENTREGA DE
DOCUMENTACION: ORD. GEN. 267 PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE PROVINCIA DE
BUENOS AIRES art.46 “Todo desglose se hará bajo constancia”. Comentario: 176 “El desglose de piezas
obrante en un expediente podrá disponerlo de oficio la autoridad administrativa
o a pedido de parte. ...............Obviamente deberá dejarse nota en el
expediente respecto del numeró de fojas retiradas de éste y del destino dado a
las mismas. Esta nota será redactada por el funcionario interviniente y
suscrita por el particular en caso de que sean entregadas las piezas
desglosadas.”
TOMA VISTA DE EXPEDIENTE:
ORD. GEN. 267 PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE PROVINCIA DE BUENOS AIRES art.11
‘La parte interesada, su apoderado o letrado patrocinante, tendrá acceso al
expediente durante todo su tramite.”
Comentario: 71 “La amplitud que cabe dispensar al ejercicio del derecho
de defensa hace que la vista pueda ser tomada por la parte en forma directa, a
través de su representante. De su letrado apoderado y aun de su abogado
patrocinante. Desde luego que, en todos los casos, deberá acreditarse en debida
forma tales calidades..”
II. TRAMITES
OBRA NUEVA
DOCUMENTACION:
- Carpeta de
Obra
- Contrato entre
Propietario y Profesional
- Plano
Municipal
- Titulo de
Propiedad
- Croquis del
Obrador
-
Certificado Amojonamiento, Altimetría y Forestación
- Documentación
Complementaria
CARPETA DE OBRA: Será la
correspondiente al año en curso que otorga
la Municipalidad, y contara con constancia de pago de derechos de
oficina, Libre Deuda de las Tasas Municipales de la Parcela, visado del área de
Catastro, y datos requeridos completos sin enmiendas ni
raspaduras y firmas originales.
CONTRATO ENTRE PROPIETARIO Y
PROFESIONAL: Un juego con el correspondiente visado del Colegio Profesional.
PLANO MUNICIPAL: Una copia
heliografica con el visado del correspondiente Colegio Profesional y concordante con el visado del contrato
entre Propietario y Profesional. El plano deberá cumplimentar con los
requisitos y formas de la presente normativa.
TITULO DE PROPIEDAD: Una
fotocopia del documento que acredite su titularidad y posesión del bien, con el
visado del área de Catastro.
CROQUIS DE OBRADOR: Se
indicara en escala 1:200 el lote, la ubicación y dimensiones del Obrador, baño
para personal de obra. Se incluirá
además poso absorbente, abastecimiento de
agua, colocación de cercas
provisorias, y en caso de
ocupación del espacio publico con materiales de Obra, se incluirá claramente la
ubicación , superficie y tiempo de permanencia; cuando deba permanecer temporariamente habitando la Obra u Obrador, no podrá ser más de una
persona.
A través del Croquis la
Dirección de Obras Particulares toma
conocimiento y podrá denegar, parcial o totalmente lo indicado durante el
transcurso de la obra.
Deberá demoler al 90 % de
realizada la construcción.
CERTIFICADO DE
AMOJONAMIENTO, ALTIMETRIA Y FORESTACION: Una copia en vegetal con el visado del
área de Catastro. En caso de englobamiento de parcelas se presentará mensura y
unificación.
DOCUMENTACION
ADICIONAL: Cada documento contara con
la firma original del Profesional responsable, números de Matriculas Municipal
y Colegio.
La Dirección de Obras Particulares Podrá requerir documentación adicional
según el uso y características del
Proyecto además de las enunciadas a
continuación.
MULTIFAMILIARES Y HOTELERIA:
-
Plano de Estructura y planilla de calculo
-
Plano de Instalación Sanitaria con visado de C.A.L.P.
-
Plano de instalación Eléctrica, Ascensores
-
Plano de Gas
-
Plano de instalación contra incendio visado por bomberos
-
Plano de instalación de Calefacción
- Plano de instalación telefónica : para más de 8 departamentos, y con visado de T.E.L.P.I.N.
- Ordenanza Discapacitados
EDIFICIOS TORRE:
-
Los requeridos para Multifamiliares
- Estudio de suelo
- Estudio Impacto ambiental
ESPECTACULOS Y
ESPARCIMIENTO:
-
Los requeridos para Multifamiliares
- Demostración de Calculo de Medios de Salida.
- Estudio Impacto ambiental
OBSERVACIONES Y DERECHOS DE
CONSTRUCCIÓN: Las observaciones que surjan de la documentación presentada e
inspecciones a obra podrán ser expresadas en la notificación de la liquidación
de los derechos de construcción y cumplimentadas previo al plano Autorizado. El pago de los
derechos de construcción no implica la autorización del plano.
RETIRO DE PLANO MUNICIPAL AUTORIZADO: Podrá el
Propietario o Profesional retirar las copias de Planos previamente
presentadas para ser Autorizados,
dejándose como constancia una de
ellas.
OBLIGACIONES: El Propietario
a través del profesional deberá informar de las variaciones que sufra el
proyecto autorizado antes de su
realización.
Cuando la obra cuente con un
90% de la obra realizada deberá presentar Conforme a Obra.
DESESTIMIENTO DEL PERMISO DE
OBRA: Cuando el propietario notifica su decisión de desistir del permiso de obra, deberá dejar el predio en
su condición original, demoliendo lo construido, sin obradores, materiales, y
escombros.
AVISO DE OBRA:
APLICABLE A:
-
Vallas provisorias en espacios publico
-
Acopio de materiales en espacios públicos
-
Ampliaciones , modificaciones de construcciones hasta un 20% del Plano
Autorizado / Aprobado / Registrado y no Mayor a 40 m².
OBJETO: Tiene por objeto
comunicar a la Municipalidad las tareas de obra de escasa magnitud, En carácter de Declaración Jurada expresa
conocer las normas vigentes, que la propuesta se ajusta a ellas, y son
responsables de su acatamiento y cumplimiento.
DOCUMENTACION:
-
Titulo de Propiedad
-
Formulario
-
Croquis
TITULO DE PROPIEDAD: Cuando hubiere que acreditar su titularidad
con visado del área de Catastro.
FORMULARIO: Contara con el
pago de Derecho de Oficina y Libra Deuda de las Tasas Municipales de la
Parcela.
Se indicaran las tareas, los
metros cuadrados a realizar, datos completo y será refrendada por el Propietario
y el Profesional.
CROQUIS: Es a los efectos de
gráficar en escala 1:100 la tarea a realizar, indicando una planta
del sector afectado, un corte, una vista,
con sus cotas y referencias técnicas. Será refrendada por el Profesional.
OBLIGACIONES: Realizado el
90% de la obra deberá presentar el Conforme a Obra.
NOTA: L a Dirección de Obras
Particulares podrá exigir que se solicite permiso de Obra cuando a su juicio lo
considere necesario.
AMPLIACION / MODIFICACION DE
OBRA:
DOCUMENTACION:
-
Carpeta ó Constancia de pago por Antecedente
-
Contrato entre Propietario y Profesional
-
Plano Municipal
-
Titulo de Propiedad
-
Croquis del Obrador
-
Certificado Amojonamiento
-
Documentación Complementaria
Se presentara carpeta de
obra con los mismos requisitos que obra nueva, en los casos que no exista
expediente de obra referente a la parcela afectada. Y como antecedente en los
casos que si exista.
El tramite cumplirá con las
mismas formas, requisitos y
obligaciones que Obra Nueva.
CONFORME A OBRA:
DOCUMENTACION:
-
Carpeta ó Constancia de pago por Antecedente
-
Constancia de Libre deuda de la Parcela
-
Contrato entre Propietario y Profesional
-
Plano Municipal
-
Titulo de Propiedad
-
Certificado Amojonamiento
- Documentación Complementaria
- Certificado bomberos para multifamiliares y hoteles 3361/06
Se presentara carpeta de
obra con los mismos requisitos que obra nueva, en los casos que no exista
expediente de obra referente a la parcela afectada. Y como antecedente en los
casos que si exista.
El tramite cumplirá con las
mismas formas, requisitos y
obligaciones de la presente normativa . Podrá obviarse aquella documentación ya
existente en el expediente de Obra.
CONTRATO ENTRE PROPIETARIO Y
PROFESIONAL: Un juego con el correspondiente visado del Colegio Profesional
cuando existiere diferencia de metros con respecto al plano Autorizado /
Aprobado o Registrado.
PLANO MUNICIPAL: Una copia
heliografica con el visado del correspondiente Colegio Profesional y concordante con el visado del contrato entre
Propietario y Profesional. El plano deberá cumplimentar con los requisitos y
formas de la presente normativa.
A los efectos de su
Aprobación o Registrado, junto a las copias Heliograficas se presentara una
copia en film poliester.
TITULO DE PROPIEDAD: Una
fotocopia del documento que acredite su titularidad y posesión del bien, con el
visado del área de Catastro.
CERTIFICADO DE
AMOJONAMIENTO: Una copia con el visado
del área de Catastro.
La Dirección de Obras
Particulares podrá solicitar mensura cuando el caso lo requiera.
DOCUMENTACION
ADICIONAL: Cada documento contara con
la firma original del Profesional responsable, números de Matriculas Municipal
y Colegio.
La Dirección de Obras Particulares podrá requerir
documentación adicional según el uso y
características de la construcción, además
de las enunciadas a continuación.
EN LOS CASOS QUE NO SEAN
UNIFAMILIARES
- Constancia de Conexión a
red cloacal domiciliaria o sistema
alternativo
OBSERVACIONES Y DERECHOS DE
CONSTRUCCIÓN: Las observaciones que surjan de la documentación presentada e
inspecciones a obra podrán ser expresadas en la notificación de la liquidación
de los derechos de construcción y
cumplimentadas previo a la Aprobación o
Registrado del Plano Municipal.
RETIRO DE DOCUMENTACION: La
Dirección de Obras Particulares hará entrega al Propietario o Profesional de la
documentación existente en el
expediente dejando para su resguardo dejando constancia, el film
poliester, una copia heliografica y
otro documento que considere de su interés retener.
Ver Desglose y entrega de
documentación.
OBRA EXISTENTE SIN TERMINAR:
El tramite cumplirá con las
mismas formas, requisitos y
obligaciones que Ampliación de Obra.
CERTIFICADO DE FINAL DE
OBRA:
DOCUMENTACION:
-
Certificado de Cumplimentación de normas Profesionales
-
Revalúo
CERTIFICADO DE
CUMPLIMENTACION DE NORMAS PROFESIONALES: Es el certificado extendido al
Profesional por el colegio respectivo.
REVALUO: Una copia del
formulario oficial de la oficina de Rentas de la Provincia de Buenos Aires con
el correspondiente visado de presentación. Cuando existan planos de subdivisión
en propiedad horizontal aprobados, éstos suplirán los formularios de revalúo.
DEMOLICION DE OBRA:
DOCUMENTACION:
-
Solicitud
-
Titulo de Propiedad
-
Croquis
SOLICITUD: Deberá indicarse
los trabajos de protección a realizarce a fin de proteger el tránsito y predios
adyacentes. Se indicaran los datos completos de Propietario y Profesional responsable, y acompañada con la firma
original de ambos.
TITULO DE PROPIEDAD: Una
fotocopia del documento que acredite su titularidad y posesión del bien, con el
visado del área de Catastro.
CROQUIS: Una copia
heliografica donde se indique claramente
en escala 1:100 la demolición parcial o total de la obra.
OBLIGACIONES: Los trabajos
de demolición deberán ejecutarse en su totalidad, de una sola vez, a efectos de
evitar por razones de seguridad e higiene publica.
El plazo de ejecución es de
3 meses para obras menores de 400.00 m² y de 6 meses para obras a partir de los 400.oo m².
Terminada la demolición, el
terreno deberá quedar limpio, sin
escombros, y en buenas condiciones de higiene.
En caso de demoliciones
parciales, deberá presentarse el plano conforme a obra.
RESPONSABILIDAD: Todo
incumplimiento de las exígencias citadas, serán sancionadas con multa al
propietario según ordenanza fiscal vigente y sancion al profesional
responsable.
MARQUESINA:
DOCUMENTACION:
-
Constancia de pago de Derecho de Oficina
-
Constancia de Libre Deuda de la parcela
-
Contrato Profesional
-
Titulo de Propiedad
-
Plano
CONTRATO PROFESIONAL: Un
juego con el correspondiente visado del Colegio Profesional.
TITULO DE PROPIEDAD: Una
fotocopia del documento que acredite su titularidad y posesión del bien, con el
visado del área de Catastro.
PLANO: Una copia
heliografica con el visado del correspondiente del Colegio Profesional y concordante con el visado del contrato
entre Propietario y Profesional. El plano deberá cumplimentar con:
-
Planta:
-
Escala 1:200
-
Ubicación respecto a la construcción existente, a la Linea Municipal y a
los de sus ejes medianeros.
-
Un corte con indicación de niveles, alturas y materiales
-
Un Frente
-
Computo de superficie:
-
Silueta gráfica
-
Computo: Como superficie semi-cubierta
-
No se incluye dentro del F.O.S. ni del F.O.T.
-
Carátula: Igual al de Plano Municipal
RETIRO DE PLANO
AUTORIZADO: Podrá el Propietario
o Profesional retirar las copias de Planos previamente presentadas para ser
Autorizadas, dejándose como constancia
una de ellas.
OBLIGACIONES: El propietario
deberá en el caso que la Municipalidad lo requiera retirar la marquesina
propuesta.
III PLANO
MUNICIPAL
REQUISITOS:
-
Formato
-
Planta Baja y Ubicación en el Terreno
-
Plantas de cada piso
-
Planta de Techos
-
Cortes
-
Fachadas
-
Computo de Superficie
-
Cuadro Comparativo
-
Carátula
FORMATO: Se realizara con
módulos de 30 cm. x 18 cm. y una
pestaña de 4 cm. x 27 cm para facilitar su encarpetado según
modelo adjunto.
18 cm. 18 cm.
30.00
cm.
4 cm.
30.00 cm.
PLANTA BAJA Y UBICACION EN
EL TERRENO:
-
Escala: 1:100
-
El Lote: será dibujando en su totalidad, (sin cortes) e indicándose:
-
Cotas de niveles
-
Forestación a conservar
-
Angulos
-
Puntos de referencia a estacas
-
Identificación de ejes y línea municipal
-
Cotas desniveles de eje/s de calle/s
-
Nombre/s de calle/s
-
Indicar drenes de absorción pluvial.
Planta Baja: contara con:
-
Grafismo según propuesta
-
Cotas de retiros a todos los ejes perimetrales
-
Cotas parciales: dos por local y espesores de todos los muros
-
Indicadores de Cortes
-
Designación de todos los locales
-
Ubicación de artefactos de baños y cocinas
-
Proyección de balcones, aleros, entrepisos, subsuelos.
-
Donde no exista red cloacal urbana se Ubicar:
-
Cámara de inspección
-
Cámara séptica con calculo de capacidad
-
Pozo absorbente
-
Cañería principal
-
- Perforación para abastecimiento de agua a una distancia no inferior de 10 m. respecto a pozo absorbente.
-
Módulos de estacionamiento de 2,30 m. x 5,00 m.
-
Patios, terrazas, veredas con sus cotas de niveles.
-
Parrillas, gabinetes de gas, tenderos con cotas de retiros.
-
Cercos
PLANTA DE CADA PISO:
-
Se dibujaran en orden sucesivo, con una misma orientación, no
alternadas ni alejadas de la planta anterior.
-
Contara con las mismas referencias que planta baja.
CORTES: Uno longitudinal y
otro transversal que den idea exacta de la construcción indicando:
-
Cotas de niveles
-
Alturas de locales
-
Materiales
-
Cielorrasos
-
Entrepisos
-
Techos
-
Tanque de agua
-
Fundaciones
FACHADAS: Una por cada
frente de calle con indicación de materiales de terminación.
PLANTA DE TECHO: En Escala
1:200 indicando:
-
Pendientes
-
Materiales
-
Desagües pluviales
-
Conductos
-
Tanque de reserva de Agua
COMPUTO DE SUPERFICIE:
Contara con:
-
Silueta Gráfica
-
Balance de superficie
Silueta Gráfica: En escala 1:200 con figuras geométricas y
cotas coincidentes con las plantas a
fin de permitir su verificación.
5.00 m.
2
6.00 m. 4.50
m.
1
3 4.00 m.
1.50 m.
Balance de Superficie: Según
modelo:

MEDIDAS
Sup.Cubierta Sup.Semicub Sup.Semicub
Nº A B 100% 100% 50%
1
5.00 6.00 30.00
2 4.00 4.50
26.00
3
4.00 1.50
6.00 3.00
SUP. PARCIAL 56.00 6.00 3.00
TOTAL : 59.00 m²
Computo de Superficie:
-
Superficie cubierta: Es la superficie encerrada entre parámetros
externos de muros perimetrales.
-
Superficie Semicubierta: Se computa en un 50% para el F.O.T.
-
Superficie abierta en tres
lados.
-
Superficie abierta en dos lados: Cuando los lados abiertos sean los
de mayor
dimensión.
-
Superficie abierta en un solo
lado: Cuando el lado abierto sea el de mayor dimensión.
-
Entrepisos: hasta una profundidad no mayor que la proyección de la
batiente del lado abierto.
-
Sup. deportivas con solado
permeable y a cielo abierto : Se computara al 25% al solo efecto de abono del derecho de Construcción y no se incluirá dentro del F.O.S. ni del F.O.T.
-
Sup. deportivas con solado
impermeable y a cielo abierto : Se computara al 25% y se incluirá dentro del
F.O.S. y del F.O.T.
-
Piletas de natación: Se computa el espejo de agua en un 25% y se incluirá dentro del F.O.S. y del F.O.T.
CUADRO COMPARATIVO: Se
indicara un cuadro comparativo entre lo Permitido y lo proyectado y/o
construido referente al F.O.T.,
F.O.T., expresado en m² y
Densidad expresada en habitantes.

F.O.S. F.O.T. DENSIDAD
PERMITIDO
100.00 300.00 10
PROY/CONST
70.00 150.00 8
GRAFISMO:
-
Obra nueva: Muros llenos
-
Obra Existente/ Conforme a Obra: rayado a 45º
-
Obra Existente sin terminar : Rayado
discontinuo a 45º
-
Obra a Demoler: Muros llenos en
y/o rallado a 45º en color amarillo.
Obra nueva Obra Existente Obra Existente Obra a Demoler
Conforme a Obra sin terminar
ESTADO DE LAS COPIAS: Toda
copia de Plano velada, borrada, manchada, raspada o con enmiendas, será
indefectiblemente rechazada.
DETALLES:
-
DE ESCALERA: Se indicará dimensiones de alzada y pedada de los
escalones. Las escaleras compensadas se dibujarán en la totalidad de la
compensación.
-
DE ROVISION DE AGUA, POZO NEGRO
Y CAMARA SEPTICA: Se exigirán en las zonas que carezcan de agua corriente y
cloaca.
CARATULA:
MODULO: Será de 18 cm. de ancho por 30 cm. de alto y
se ubicara en el extremo derecho inferior del plano.
CONTENIDO:
-
Tipo de Obra: Se indicara “plano de Obra” y “uso.”
-
Titular: Se indicara nombres completos de los titulares.
-
Datos de la Parcela: Se indicara el dato catastral, numero de partida
Municipal, nombre de calle, numero domiciliario, localidad.
-
Ubicación Gráfica: Se indicara la parcela en la manzana, con
orientación de norte, distancias a esquina, nombre de calles, vértices
referidos a puntos fijos.
-
Balance de Superficie: Se indicara Superficie de Terreno, Superficie Total y Superficie Libre del
terreno.
-
Tipo de plano: Indica la razón
del plano.
-
Zonificación: Referencias del C. O.U. respecto a la parcela.
-
Datos del Titular: Se indicara
nombres y apellidos de los titulares, domicilio de recepción de
correspondencia y será refrendada por
el total de los propietarios o su apoderado con aclaración de firma.
-
Datos del Profesional: Se indicara nombre y apellido, dirección de
recepción de la correspondencia, numeró
de Matricula del Colegio Profesional y
numeró de Matricula Municipal y será refrendado (firma original).
-
Datos del Profesional: Se indicara nombre y apellido, dirección de
recepción de la correspondencia, numeró
de Matricula del Colegio Profesional y
numeró de Matricula Municipal y será refrendado (firma original).
-
Notas: Se indicara “ El presente plano no habilita fincas o locales.” ,
y otras que surjan según cada caso.
-
Referencias: Se utilizara para ayuda en la lectura gráfica del plano.
-
Sellos: A los efectos de aplicar los sellos que correspondan según el
tramite.

IV. INSPECCION
DE OBRA
CARTEL DE OBRA: Se colocara
en forma inmediata cartel en todo permiso de obra que se haya iniciado en la Dirección de Obras
Particulares.
-
Ubicación: Se ubicara dentro del predio en que se realice la obra, y
que sea legible desde la vía publica.
-
Contenido:
-
Número de expediente de ingreso a la Dirección de Obras Particulares.
-
Nombre del Profesional “Director de Obra”
-
Número de Matricula del Colegio Profesional.
-
Número de Matricula Municipal.
INGRESO A PREDIOS PRIVADOS:
Todo Propietario y Profesional
actuante a través del permiso de obra
solicitado o subsistencia de obra,
autoriza a los agentes Municipales a realizar el ingreso al predio y la
Obra a efecto de ser verificada.
CEDULADE NOTIFICACION:
Notificaciones realizadas en obras a los efectos de dar cumplimiento a
requerimientos Municipales.
PARALIZACION DE OBRA: Cuando
se presuponga contravención a las normativas vigentes; falta de seguridad e
higiene, o por incumplimiento en el
seguimiento del tramite administrativo,
CLAUSURA: Se procederá a la
Clausura de toda obra que se ejecute
sin permiso ó que teniéndolo, no se lleve a cabo de acuerdo al plano Autorizado
o a las normas vigentes o pongan en
peligro la seguridad pública.
OBRAS PARALIZADAS: Toda
construcción que se paralice por un tiempo de 6 meses o más deberá mantenerse en condiciones
de higiene, deshabitada, sin obradores y cercada a los efectos de garantizar la
seguridad publica.
La s obras que se consideran
paralizadas podrá solicitarse su demolición parcial o total, si tal condición
hace peligrar la seguridad pública o privada.
V.
PROFESIONALES
PROFESIONALES Y EMPRESAS:
Obligaciones del art. 923 del Código
Civil.
Un Propietario, Profesional
o Empresa, por el solo hecho de estar comprendido en los alcances de este
código, conoce las condiciones que se exigen en él y queda sujeto a las
responsabilidades que se deriven de su aplicación.
DIRECTOR DE OBRA: El
Director de obra será el responsable del fiel cumplimiento de las obligaciones y disposiciones vigentes
hasta la obtención del certificado de Final de Obra.
CONSTRUCTOR: El Constructor
tendrá la responsabilidad solidaria con el Director de Obra en las faltas que
hacen al inicio de la Obra sin Permiso, alteración de los indicadores
urbanísticos establecidos para cada zona y/o cualquier transgresión a las
normas vigentes.
ACTUACION PROFESIONAL EN EL
PARTIDO: Los Profesionales y Empresas sólo podrán actuar una vez registrados en
la Dirección de Obras Particulares, y con pago de matricula municipal anual correspondiente al año
lectivo.
INSCRIPCION PROFESIONAL:
-
Solicitud
-
Fotos Carnet.
-
Carnet del Colegio Profesional
SOLICITUD: Contara con datos
completos del apellido y nombre, domicilio especial y real, numero de Matricula
del colegio profesional, documento de identidad y refrendada por el
solicitante.
FOTOS CARNET: Dos fotos 4 cm. x 4 cm iguales y actuales.
CARNET DEL COLEGIO
PROFESIONAL: Una fotocopia como constancia de su registro en la
colegiatura Provincial referente a su
profesión.
CAMBIO DE PROFESIONAL: El
Propietario puede cambiar de Director, Constructor o Empresa bajo su
responsabilidad, quien deberá responder por las reclamaciones que puedan
formular los interesados. Como constancia
deberá quedar un juego de copias
del contrato profesional con visado del correspondiente Colegio y
copia de carta documento donde se notifica al profesional anterior de su
desvinculación.
RETIRO DE PROFESIONAL: Los
profesionales y Empresas pueden retirarse como responsables de una obra, cuando
no existan infracciones imputables a los mismos. El retiro se considera bajo su
responsabilidad, debiendo responder por las reclamaciones que pudiera plantear
el propietario. Una vez tomado
conocimiento del retiro, se notificará al propietario quien deberá proponer un
reemplazante en el termino de diez (10) días de notificado. Los trabajos serán paralizados hasta tanto
sea aceptado por la Dirección de Obras Particulares el reemplazante propuesto.
SANCIONES A LOS
PROFESIONALES: Los Profesionales que incurrieren en falta a sus
obligaciones o a las normas vigentes
serán elevadas las actuaciones a su correspondiente Colegio Profesional.
VI. PLAZOS
VALIDEZ DEL PERMISO DE OBRA AUTORIZADO: Tendrá un año a partir de la fecha de
Autorizado. Transcurrido el mismo y no habiéndose iniciado la obra se considerara que el propietario a
desistido de su propósito de construir. Tomado conocimiento de tal situación la
Dirección de Obras Particulares dará nulidad a las actuaciones, notificando al propietario para su
conocimiento y presentación de descargo en el termino de 10 días hábiles; en tal caso el plazo podrá ser
extendido.
OBSERVACIONES: Toda
observación hecha a la documentación presentada, deberá ser cumplimentada
dentro de los treinta (30) días hábiles de notificada.
DERECHOS DE CONSTRUCCION: Se
otorgara un plazo de quince (15) días a partir de la fecha de notificación para
cumplimentar su pago, vencido, se aplicarán las actualizaciones
correspondientes.
INCOMPARENCIA A UNA
CITACION: En caso de ser requerido, si los interesados no concurrieren a una
citación Municipal durante el termino de 45 días hábiles, se dará igualmente
por desistido el propósito de ejecutar
las obras, pasando las actuaciones a archivo, previa comprobación de que
los trabajos no hubieren comenzado.