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Oficina Municipal de Información y Defensa del Consumidor y Usuario |
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Tiene como objetivos el asesoramiento ,la difusión de derechos, la prevención y resolución de conflictos y la sanción de infracciones a la Ley Nacional 24.240 de Defensa del Consumidor y sus leyes complementarias destinadas a proteger los derechos de los vecinos y turistas La posibilidad de efectuar denuncias en forma gratuita de los derechos supuestamente violados en ocasión de realizar una compra o contratar un servicio, o bien el asesoramiento y orientación necesaria antes de efectuarla.
A través de esta dirección se implementaran campañas en escuela , asociaciones, de comerciantes, por medio de la realización de cursos, charlas, seminarios y talleres, Dado que la dependencia considera estratégica la capacitación, divulgación y conocimiento de los temas relacionados con el consumo y los referidos derechos. |
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Legislación Aplicable: |
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Defensa al Consumidor |
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Ley Nacional N 24.240 Defensa al Consumidor y al Usuario
Ley Provincial N 13.133 Código Provincial de Implementación de los Derechos de los Consumidores y Usuarios. |
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Lealtad Comercial |
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Ley Nacional 22.802 de Lealtad Comercial.
Secretaria de la competencia, la desregulación y la Defensa al Consumidor Resolución 7/2002 de la ley 22.802.Establece la obligatoriedad de exhibir los precios.
Resolución 92/98 de la Secretaria de Industria, Comercio y Minería de la Nación. Establece requisitos de seguridad esenciales que deberán cumplirlos equipos de baja tensión que se comercialicen en el país. |
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OFICINA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR |
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Domicilio: Av. Shaw 18 , 1 Piso.
Horario: Lunes a Viernes de 7,30 a 17hs. y Sábados de 10 a 14hs.
Teléfono: 40-1503
Email: consumidor@pinamar.gov.ar
A cargo de la Dra. M. Fabiana Ezquiaga
Para asesorarse y efectuar consultas sobre casos concretos existen dos vías: por teléfono o por correo electrónico. |
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DENUNCIA |
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Cuando se puede efectuar una denuncia: |
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La supuesta infracción debe haber ocurrido dentro del territorio de Pinamar.
El denunciante, (puede ser persona física o jurídica) debe contratar a titulo oneroso reciban cosas o servicios a titulo gratuito. Siempre que lo hagan para consumo final o beneficio propio o de su grupo familiar o social.
No serán considerados consumidores o usuarios cuando lo adquirido o contratado se integre al proceso de producción o comercialización.
Son responsables los que comercialicen aun en forma ocasional bienes o servicios.
Deben ser consumos referidos a la adquisición o locacion de cosas muebles o prestación de servicios, o bienes inmuebles nuevos destinados a vivienda cuando la oferta sea publica.
Se excluyen los contratos entre particulares de cosas usadas.
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Como efectuar una denuncia: |
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Presentarse personalmente, (o bien, a través de representante autorizados) con su Documento de Identidad, (en caso de |
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personas jurídica la acreditación correspondiente que lo habilite a representarla), acompañando fotocopias |
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Acompañar la factura o presupuesto original o cualquier elemento que pruebe la relación de consumo con sus respectivas |
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fotocopias |
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En la oficina se completara un formulario describiendo el hecho por el cual se formula la denuncia. |
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El Procedimiento: |
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Formulación de la denuncia |
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Etapa Probatoria (participación de otras dependencias) |
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Se convocara a audiencia de conciliación dentro de los treinta días, con el objeto de resolver el conflicto suscitado. |
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En algunos casos se pueden hacer gestiones previas de buenos oficios, previa autorización del denunciante. |
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Si no se llegara a un acuerdo conciliatorio se procederá a imputar al supuesto infractor, el cual dispondrá de un plazo para |
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efectuar el descargo correspondiente, para luego de cumplido el procedimiento se elevara para resolver si correspondiera sanción, la cual puede ser de $500 hasta $500.000. En esta etapa del procedimiento el consumidor o usuario deja de ser parte, la administración actuara de oficio. |
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Le recordamos: |
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1- |
La finalidad del sistema no es establecer indemnizaciones de daños y perjuicios. No obstante, en el marco de la audiencia de conciliación, las empresas denunciadas pueden ofrecer un resarcimiento. |
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Etapa Probatoria (participación de otras dependencias) |
2- |
La vía judicial se puede realizar simultáneamente, si sus intereses se vieren afectados o amenazados. |
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Consejos para Consumidores y Usuarios |
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Exigir, conservar la factura o ticket de compra, ya que ese comprobante es indispensable para iniciar cualquier reclamo. |
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Garantía: los productos no consumibles que usted adquiera cuenta con una garantía legal de tres meses, pudiendo la misma ser |
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ampliada por el fabricante o comerciante. |
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Usted tiene derecho a recibir una información detallada, cierta y veraz sobre las características de los productos o servicios |
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contratados. |
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Prestaciones de servicios, cuentan con una garantía de 30 días |
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Los fabricantes, importadores y vendedores, deben asegurar un servicio técnico adecuado y el suministro de partes y repuestos. |
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Servicios públicos (agua, luz, gas, teléfono, etc.) Cada uno cuenta con un Ente Regulador propio al que se le podrán canalizar los |
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reclamos correspondientes. |
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Si realiza una compra, por teléfono, por Internet o en su domicilio, tiene un plazo de 5 días corridos) (contados a partir de la fecha de entrega o de la celebración del contrato) para cancelar la operación, sin ningún tipo de cargo a su costo.
A la hora de firmar un contrato lea atentamente sus condiciones y exija copia del mismo. |
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